MINSK, 4 dic (BelTA). - Los diputados en la reunión de la segunda sesión de la Cámara de Representantes de la Asamblea Nacional de Belarús de la octava convocatoria aprobaron el proyecto de ley “Sobre la ratificación del acuerdo entre la República de Belarús y la República de Cuba sobre la protección mutua de la información clasificada”, anuncia BelTA.
El proyecto de ley fue presentado a la Cámara de Representantes por el Consejo de Ministros el 6 de noviembre. Prevé la ratificación del acuerdo entre la República de Belarús y la República de Cuba sobre la protección mutua de la información clasificada, firmado el 16 de julio de 2024 en La Habana. El acuerdo tiene por objeto crear un marco jurídico para la protección mutua de la información clasificada. Su aplicación práctica permitirá resolver las cuestiones de protección de los secretos de Estado de Belarús y Cuba en el curso de la cooperación internacional bilateral en las esferas militar, técnico-militar, científico-técnica y otras.
Las partes, de conformidad con el acuerdo y la legislación de ambos países, se comprometen a aplicar respecto a la información clasificada y a sus portadores las medidas de protección que aplican respecto a su propia información clasificada del nivel de secreto adecuado, a no modificar el nivel de secreto de la información clasificada y la clasificación correspondiente de sus portadores sin el consentimiento previo por escrito del órgano autorizado de la parte que transfiere dicha información clasificada, a utilizar la información clasificada únicamente para los fines previstos en su transferencia, no transferir la información secreta recibida a un tercero, así como no facilitar el acceso a dicha información a sus representantes sin el consentimiento previo por escrito del órgano autorizado de la parte que transfiere la información secreta. Los portadores de información clasificada transferidos, según el previo acuerdo con el órgano autorizado de la parte que los transfiere, serán devueltos o destruidos de conformidad con la legislación de la parte en cuyo territorio se encuentren los portadores, de forma que se garantice la imposibilidad de reproducir la información clasificada.
El órgano autorizado de la parte que transmitió la información clasificada notificará por escrito al órgano autorizado de la otra parte que recibió la información clasificada sobre cualquier cambio en el grado de secreto o desclasificación de la información clasificada.
Los órganos competentes responsables de la aplicación del acuerdo son el Comité de Seguridad Estatal en la República de Belarús y el Ministerio del Interior en la República de Cuba.-0-