Proyectos
Órganos estatales
Flag Martes, 26 Noviembre 2024
Todas las noticias
Todas las noticias
Presidente
09 Julio 2024, 09:30

Aumento de los subsidios y refuerzo del apoyo a las familias con hijos. Lukashenko firmó la ley 

MINSK, 9 jul (BelTA). – El Presidente de Belarús, Aleksandr Lukashenko, firmó la ley “Sobre la modificación de las leyes de prestaciones estatales a las familias que crían niños”. El documento se aprobó para aumentar el nivel de garantías mínimas a los ciudadanos en el periodo de su vulnerabilidad social, dieron a conocer a BelTA las fuentes de información oficiales del líder belaruso.

Para las mujeres – aumento del subsidio de maternidad

La ley prevé, entre otras cosas, un aumento de la cuantía mínima del subsidio de maternidad. Para las mujeres por las que se pagan cotizaciones obligatorias al presupuesto del Fondo Estatal Extrapresupuestario de Protección Social, que no tienen 6 meses de experiencia (profesionales jóvenes, mujeres que inician su carrera), la prestación se aumentará del 50 % del mínimo de subsistencia vital al 100 % del salario mínimo mensual. Y para aquellas personas por las que no se hayan abonado las cotizaciones obligatorias a la seguridad social al presupuesto del Fondo, pero que tengan derecho a este tipo de subsidio (alumnas, estudiantes, mujeres en activo, mujeres inscritas como desempleadas), el subsidio se aumentará del 50 % al 100 % del salario mínimo mensual.

El documento también prevé un aumento de la cuantía mínima del subsidio de incapacidad temporal por maternidad para las mujeres aseguradas que no tengan 6 meses de antigüedad. Este subsidio crecerá del 50 % del mínimo de subsistencia vital al 100 % del salario mínimo mensual (similar al subsidio de maternidad).

Para las familias – innovaciones sobre la prestación por hijos a cargo mayores de 3 años 

Las innovaciones legislativas también están relacionadas con determinadas categorías de familias a la hora de asignar la prestación por hijos a cargo mayores de 3 años. En particular, se mantiene el derecho a esta prestación para las familias con hijos menores en las que un hijo discapacitado ha cumplido 18 años, se le ha asignado el primer grupo de discapacidad y uno de los progenitores le cuida y percibe el subsidio correspondiente. Y también el derecho a esta prestación para el hijo criado en la familia de la madre si el padre del hijo, obligado al pago de la pensión alimenticia, presta el servicio militar obligatorio o alternativo.
 
Para los padres de hijos con discapacidad – refuerzo del apoyo social 

Se refuerza el apoyo social a las familias que crían a un hijo con discapacidad. Así, la ley prevé el derecho de los padres a recibir todo tipo de prestaciones del Estado durante la estancia de corta duración de su hijo con discapacidad en una casa cuna en relación con la prestación de asistencia médica y social al niño. Además, se amplían los derechos a recibir prestaciones de incapacidad temporal para el cuidado de un hijo con discapacidad durante el periodo de su tratamiento en un sanatorio o de su rehabilitación médica si hay varios hijos con discapacidad en la familia. En tales casos, se propone conceder el derecho a recibir la prestación a otra persona (que no sea uno de los progenitores) si el progenitor se dedica al cuidado de otro hijo con discapacidad, o dos prestaciones si ambos hijos con discapacidad necesitan en el mismo periodo tratamiento en sanatorio o rehabilitación y están acompañados por personas diferentes.

Para los padres negligentes – control más estricto 

Al mismo tiempo, se refuerza el control del uso de los subsidios del Estado en relación con las familias, donde los niños viven en condiciones desfavorables. En concreto, los organismos y organizaciones estatales que conceden y pagan subsidios deberán facilitar, sin el consentimiento de los ciudadanos, la información sobre los beneficiarios de los subsidios y los miembros de sus familias a petición de los centros educativos que realizan investigaciones sociales respecto a dichas familias, así como de las comisiones de asuntos de menores. Se estipula que el pago de subsidios cesa a partir del día de entrada en vigor de una sentencia judicial sobre la retirada de un menor, o a partir del día de la decisión de un organismo de tutela y custodia o una comisión de asuntos de menores de retirar al menor.

La ley entra en vigor el 1º de enero de 2025.-0-
Síguenos en
X
Últimas Noticias de Belarús