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29 Mayo 2020, 10:10

Lukashenko firma edictos sobre la protección social de los trabajadores en condiciones de la pandemia

MINSK, 29 may (BelTA). – El Presidente de Belarús, Aleksandr Lukashenko, firmó dos decretos sobre el mejoramiento de la protección social de los trabajadores en condiciones de la superación de las consecuencias de las medidas antiepidémicas en las economías mundial y nacional, dieron a conocer a BelTA las fuentes de información oficiales del líder belaruso el 28 de mayo.

El Jefe de Estado firmó el decreto nº178 “Sobre las medidas temporales de apoyo estatal a los empleadores y ciertas categorías de ciudadanos”. El documento fue adoptado para minimizar el impacto en la economía belarusa de la situación epidemiológica global y garantizar la estabilidad social.

El decreto prevé la posibilidad de que los contratistas reciban subsidios para pagar el salario mínimo a sus empleados en caso de subempleo involuntario o inactividad del 1º de mayo al 31 de julio, así como para pagar contribuciones al fondo extrapresupuestario estatal de protección social de la población.

La decisión sobre la prestación de subsidios será tomada por el órgano ejecutivo y administrativo local, y la transferencia de fondos será hecha por el órgano del Fondo de Protección Social de la Población.

El edicto también prevé la extensión hasta el 31 de agosto del período de apoyo estatal específico en forma de una prestación social mensual para los ciudadanos cuyas prestaciones se expiran en mayo-julio de este año.

Un documento más firmado ayer por el Presidente es el decreto nº179 “Sobre la remuneración del trabajo”. Se adoptó para mejorar el nivel de protección social de los empleados del sector público, así como para garantizar el funcionamiento estable de las organizaciones presupuestarias y las instituciones particulares (ubicadas en el extranjero) frente a la superación de las consecuencias de las medidas antiepidémicas implementadas en las economías mundiales y nacionales.

El edicto prevé el mantenimiento de los salarios de los trabajadores de las organizaciones presupuestarias a un nivel no inferior al salario mínimo y la realización de pagos suplementarios correspondientes en caso de subocupación involuntaria o inactividad.

Los fondos de los presupuestos republicanos y locales se fijan como una posible fuente adicional de financiamiento de los gastos de las organizaciones presupuestarias en caso de fondos insuficientes provenientes de las actividades generadoras de ingresos.-0-

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