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MINSK, 17 jun (BelTA). – Cualquier medida unilateral sin la autorización del Consejo de Seguridad o con un cumplimiento excesivo de dicha autorización, que no pueda calificarse como una restricción o contramedida de respuesta, es ilegal desde el punto de vista del derecho internacional. Lo declaró el 16 de junio el representante permanente adjunto de Belarús ante la ONU, Pável Yevséyenko, en la sesión de la Asamblea General de la ONU, informa BelTA citando al servicio de prensa del Ministerio de Asuntos Exteriores belaruso.
“El tema de las medidas coercitivas unilaterales ha sido objeto de discusión en la Asamblea General, sus comités principales, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU y otros órganos y organizaciones del sistema de la ONU durante varios años. Durante la discusión de este tema, un pequeño grupo de Estados que utilizan tales medidas como herramientas para avanzar en su política exterior constantemente intenta engañar a los Estados miembros con mentiras flagrantes y una tergiversación de conceptos sobre el objeto, contenido y efectos de las sanciones unilaterales”, notó.
“Cualquier medida unilateral sin la autorización del Consejo de Seguridad o con un cumplimiento excesivo de dicha autorización, que no pueda calificarse como una restricción o contramedida de respuesta, es ilegal desde el punto de vista del derecho internacional y representa medidas coercitivas unilaterales, que han sido condenadas en numerosas resoluciones del Consejo de Derechos Humanos y la Asamblea General”, señaló Pável Yevséyenko.
También subrayó: “En cada situación en el mundo, las medidas coercitivas unilaterales tienen un impacto negativo en los derechos humanos, incluyendo el derecho a la vida, el derecho a la salud, el derecho a la alimentación, el derecho a un nivel de vida adecuado, alimentación, educación, trabajo y vivienda, y el derecho al desarrollo. Las sanciones unilaterales y el cumplimiento excesivo de los requisitos afectan gravemente la implementación de todos los aspectos del derecho a la salud de todas las personas en los países bajo sanciones, incluyendo el acceso a medicamentos necesarios, servicios médicos, equipos médicos y atención médica calificada”.
El diplomático belaruso subrayó que este hecho se aplica a todos los tipos de medidas coercitivas unilaterales independientemente de sus objetivos o fines formalmente declarados, incluyendo medidas económicas, financieras, políticas o de otro tipo orientadas a todo un Estado o medidas dirigidas o sectoriales que se aplican a otros Estados, individuos, empresas u otras entidades no gubernamentales.
“El objetivo real de las medidas coercitivas restrictivas es el deseo de cambiar la política o el comportamiento de otro Estado, lograr su obediencia en el ejercicio de sus derechos soberanos, asegurar beneficios de cualquier tipo o prevenir, obligar o castigar al Estado contra el cual se han impuesto sanciones”, destacó Pável Yevséyenko.
“Los Estados que imponen sanciones unilaterales las califican como una herramienta de política exterior y como un mecanismo administrativo para evitar el uso de garantías de cumplimiento de normas procesales, la presunción de inocencia y un juicio justo. Las medidas coercitivas unilaterales, los métodos de su aplicación y su cumplimiento excesivo conducen a graves violaciones de los derechos humanos en el país que está bajo sanciones”, concluyó el representante permanente adjunto de Belarús.-0-